martes, 25 de septiembre de 2007


EE. UU. – Cuba: las marcas búmerang
Por: Contra-Marcas

El injusto bloqueo por parte de los Estados Unidos a bienes comercializados por la República de Cuba han sido una preocupación permanente del Estado cubano, quien se ve despojado de bienes intangibles que representan divisas indispensables para la economía de este país caribeño.
La Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones Consolidadas Suplementarias y de Emergencia, impide a los titulares de marcas o a sus sucesores, el reconocimiento de sus derechos marcarios en territorio norteamericano, puesto que son vinculados a antiguas propiedades nacionalizadas por la Revolución.
Estas marcas registradas en la Oficina Cubana de Propiedad Industrial y protegidas por la ley de marcas cubana no son reconocidas por las leyes americanas, violando las obligaciones que impone el Trato Nacional y el Trato de Nación Más Favorecida del Acuerdo sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC).La aplicación de esa Sección por un tribunal de Nueva York impidió un fallo favorable a la compañía Havana Club Holding, con intereses cubanos y franceses, en un litigio iniciado desde 1996.
El 28 de julio del pasado año, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) negó la concesión de una licencia a la empresa cubana Cubaexport, que le hubiese permitido a esta empresa la renovación del registro de la marca Havana Club ante la Oficina de Marcas y Patentes de Estados Unidos (USPTO). Al no poder pagar la tasa de renovación del registro, el 3 de agosto del 2006 la Oficina de Marcas y Patentes informó que el registro de la marca Havana Club a favor de la empresa Cubaexport sería cancelado.
La empresa Bacardí comenzó entonces a comercializar un ron con la marca Havana Club, violándose así la propia legislación estadounidense. En vocabulario del las transnacionales americanas: la USPTO fue partícipe necesaria del “pirateo” de una marca perteneciente al Estado y pueblo cubanos.
Un caso similar aconteció el 19 de junio del 2006 cuando la Corte Suprema de Estados Unidos se negó a revisar la decisión de la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, en relación con la marca de puros Cohíba.
El riesgo de jugar el mismo juego de las grandes empresas internacionalizadas se torna cada día más peligroso: las marcas son para el capitalismo un mecanismo de formación de monopolios y precios ficticios por medio de los cuales crean ganancias más allá del valor justo que un producto debiera poseer. La utilización del mismo mecanismo como estratégia de obtención de divisas, ha comenzado a plantearse en el mundo de las marcas como un riesgo para las economías de países en desarrollo; riesgo fundamentado en la inseguridad jurídica que presenta el actual sistema mundial de propiedad intelectual controlado por los intereses norteamericanos en la OMC.
Los organismos internacionales de comercio y de propiedad intelectual no se presentan hoy como una garantía de reglas claras, y las contradicciones de quienes pretenden utilizar este sistema en beneficio propio sin evaluar las consecuencias que genera al resto de las economías, comienzan a profundizarse.
Respetar una normativa internacional hacia quien tampoco la cumple, puede convertirse en búmerang. ¿Cuantos productos más serán robados por los Estados Unidos sin tomarse medidas en respuesta a este bloqueo de tan importantes marcas? Hasta donde debe adherirse a tratados internacionales que nada influyen en el bloqueo de la economía de un país exportador de productos líderes de ron y tabaco?

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