martes, 31 de julio de 2007


De criminales y piratas: Kit Imperial.

Por: Colectivo Brújula al ALBA
Fuente: Rebelion.org

En un excelente artículo titulado La Criminalización a través de la “Piratería”, publicado recientemente por Eduardo Samán (verhttp://www.aporrea.org/tecno/a38613.html), se describen claramente los mecanismos empleados por los países centrales, para crear una matriz de opinión que presente a la supuesta “piratería” como un delito criminal, explicando en detalle y con un conocimiento acabado de la materia, las diversas aristas que presentan estos nefastos mecanismos de dominación.
En ocasión de celebrarse el día internacional de la Propiedad Intelectual (26 de abril), el colectivo Brújula al ALBA publicó su artículo titulado Piratería como chantaje político (ver http://aporrea.org/tecno/a34009.html) donde hace mención a la presentación, en instalaciones de la Embajada de Estados Unidos en Buenos Aires, de los resultados de una encuesta que develaba el alto consumo de productos pirateados particularmente por el sector de mayor poder adquisitivo de la población argentina, lo que evidenciaba que las políticas implementadas por el Estado Argentino propiciaban la piratería y que los argentinos “generan y consumen piratería”.
En consecuencia, la Cámara de Comercio Argentino Norteamericana propondría al Gobierno Argentino un proyecto de reforzamiento de las medidas de control en las fronteras relacionadas con la falsificación de marcas y la elevación de penas para el delito denominado “piratería”. Allí estaban presentes en conferencia de prensa también el encargado de relaciones externas del laboratorio Merck, el presidente del Citibank, y el presidente del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial de la Argentina, noticia publicada un día después en el diario Infobae digital de ese país.
Ese mismo día se publicó en Buenos Aires, un artículo en el diario El Cronista titulado “Fomentar la creatividad: la mejor razón para proteger la propiedad intelectual”, firmado por el Embajador del país del Norte, señor Earl Anthony Wayne. Su relato comienza afirmando: “Cuando la protección de los derechos de propiedad intelectual falla, los resultados pueden ser mortíferos”, señalando dos hechos, en 1998 fallecen treinta niños en la India, y en 1995 ochenta y nueve niños en Haití como resultado del empleo de un anticongelante en un jarabe; señala además que en 1995 el accidente de un avión noruego fue adjudicado a un tornillo falsificado utilizado en un fuselaje, y por eso deberíamos preocuparnos por proteger la propiedad intelectual.
Esta asociación canallesca, es un paso más en la instalación de políticas de criminalización de la economía informal y de los gobiernos, con el castigo de incorporarl a estos a la “temerosa lista 301” de la USTR [en Chile por ejemplo, luego de esta incorporación el gobierno cedió a la presión de las multinacionales para crear el instituto chileno de propiedad industrial, antigua exigencia de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)], del mismo modo un sinnúmero de artículos periodísticos circulan permanentemente en periódicos pertenecientes a grandes medios en Latinoamérica y el Caribe, mencionando la confiscación de material pirateado, el encarcelamiento de los “criminales” de la propiedad intelectual o, en su versión internacional, la relación entre el financiamiento de actividades “terroristas” y la piratería, difundidos por varios funcionarios del gobierno de los Estados Unidos. El kit de lobby imperial incluye entonces: la elevación en años de protección por “derechos de autor” en complicidad con asociaciones de gestión autoral (por ejemplo SGAE en España; SACVEN en Venezuela, SADAIC en Argentina) para editoras, disqueras, empresas de radiodifusión, etc., la elevación de penas a los “delincuentes piratas” que copian sin autorización productos de consumo masivo, la concesión indiscriminada de patentes sin altura inventiva en las oficinas de patentes, la modificación de leyes de propiedad industrial para elevar la protección por patentes, el aumento en el control de fronteras para mercancías, el lobby sobre las oficinas de propiedad intelectual para someterse a los designios de OMPI, la presión para adherir a tratados internacionales (PCT, SPLT, etc.), la amenaza económica y el chantaje político.

lunes, 30 de julio de 2007








Las Patentes como Contratos Sociales
Por: Fabián Pena


“...lo que no es JENERAL[1] sin excepción
no es verdaderamente público,
y lo que no es PÚBLICO no es SOCIAL.”
Simón Rodríguez, 1834




En la conformación de su matriz discursiva, la doctrina clásica de la propiedad intelectual ha desarrollado básicamente dos principios en los que se estructura el funcionamiento del sistema de patentes: el principio de la compensación y el principio del contrato. El primero sostiene que la función del sistema de patentes es remunerar a los “innovadores exitosos” debido a sus esfuerzos en investigación y desarrollo. De este modo, las patentes constituyen incentivos para las personas, debido a que el sistema les ofrece reconocimiento por su creatividad, y recompensas materiales por sus inventos comercializados en el Mercado, tal como lo afirma la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) como institución especializada de las Naciones Unidas: “contribuir a que se reconozca y recompense el ingenio de los inventores…”[2]. De acuerdo a este principio, estos incentivos estimulan la innovación, garantía de una constante elevación del nivel de vida de la raza humana. Sin embargo no hay aún pruebas contundentes de esta afirmación.
El segundo principio sostiene que la función del sistema de patentes es impulsar la divulgación del conocimiento innovador, asumiendo que los innovadores podrían mantener en secreto y abstenerse de proteger sus invenciones con patentes. La OMPI señala que “la necesidad de protección internacional de la propiedad intelectual se hizo patente en 1873, en ocasión de la Exposición Internacional de Invenciones de Viena, a la que se negaron a asistir algunos expositores extranjeros por miedo a que les robaran las ideas para explotarlas comercialmente en otros países” (2001)[3].
Bajo este principio, las patentes son contratos entre los inventores y la sociedad (contrato social), por medio de los cuales el Estado (por mandato de la sociedad) concede[4] un derecho exclusivo de propiedad a cambio de la divulgación de los conocimientos, promoviendo así el desarrollo de la humanidad a través del avance de la ciencia y la tecnología.
Finalizado el contrato, es decir, caducada la patente, la información divulgada en estos documentos pasa al dominio público: los conocimientos pueden ser utilizados por la humanidad, libremente y sin autorización del “inventor”. Una divulgación insuficiente no permite la concesión de la patente por el Estado, quien no otorgará “un derecho exclusivo de explotación (monopolio) por un determinado período de tiempo (en general 20 años a partir de la fecha de presentación de la solicitud) y en un territorio (nación o región) específico” (Samán, 2005).[5]
En la comunidad especializada en propiedad intelectual, se ha comenzado a plantear las dificultades que presenta este esquema de contrato en los diversos campos de la técnica, tal como lo expresa Correa al decir que “la plena divulgación de la invención es un principio básico del derecho de patentes. El acceso a la información sobre la invención es una de las justificaciones tradicionales para conceder exclusividad temporal al inventor“(2001)[6], siendo ésta una preocupación creciente además para los países en desarrollo y las organizaciones no gubernamentales (principalmente en lo relacionado a material genético y conocimientos tradicionales), como lo expresa Raja:
"un grupo de países en desarrollo y Noruega reclaman cada vez con más vehemencia que comiencen los trabajos sobre un texto de reforma del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (TRIPS), para exigir a los solicitantes de patentes que revelen el origen de los materiales genéticos y el conocimiento tradicional utilizado" (2006)[7].
Contrariamente y en defensa de las posiciones mantenidas por los países centrales, el principal grupo asesor de empresas en materia de propiedad intelectual del gobierno de los Estados Unidos, que representa a las grandes empresas, dijo al representante comercial de ese país:
"debería aprovecharse la oportunidad de futuras negociaciones de Tratados de Libre Comercio para aclarar que no pueden imponerse a solicitantes de patentes otros requisitos de divulgación que los del Artículo 29 del Acuerdo de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC)…tal disposición prohibiría explícitamente a los países imponer requisitos de divulgación…o argumentos comparables que podrían ser utilizados como base para negar el otorgamiento de la patente" [8].
En el Comité Permanente sobre Derecho de Patentes de la Oficina Internacional de la OMPI (SCP, siglas en inglés), se encuentra en fase de debate el Proyecto de Tratado sobre Derechos Substantivos de Patentes (SPLT, siglas en inglés) que incluye como uno de los temas conflictivos Norte-Sur, a la divulgación suficiente de las invenciones. Este proyecto impulsado por los países que conforman las Oficinas de la Cooperación Trilateral sostienen la necesidad de “reducir el volumen de trabajo de los solicitantes y de las oficinas de patentes, así como de mejorar la calidad de las patentes armonizando los aspectos sustantivos del Derecho de patentes que rigen la concesión de la patente,”[9] justificación que oculta la verdadera estrategia de OMPI: consolidar el control total de las oficinas de propiedad industrial/intelectual de los países del Sur, obligando a ceder soberanía a un organismo multilateral supranacional al momento de conceder o denegar patentes y eliminar de hecho las oficinas de patentes en estos países .
La importancia de la divulgación radica en determinar la cantidad y calidad de la información que se pone a disposición de la sociedad al pasar al dominio público, información que siendo suficientemente revelada, permite llevar a cabo el producto, procedimiento, método o aparato descripto, pero que frecuentemente es insuficiente para que la sociedad apropie el “saber como” no incluido en los documentos de patentes que serán adquiridos posteriormente como mercancía vía contratos de transferencia tecnológica, ampliándose así la espiral de dependencia política, económica y tecnológica que ejerce la Tríada sobre los países de la “periferia”. Esta característica del sistema de propiedad intelectual afecta tanto a países con economía capitalista como aquellos de economía planificada, pero tecnológicamente dependientes.
En América Latina y el Caribe, donde se desarrolla un proceso de transformación impulsado por los pueblos y las instituciones estatales, se ha comenzado a asumir al conocimiento y a la tecnología como herramientas de construcción de poder popular destinadas a enfrentar desigualdades: la Alternativa Bolivariana para las Américas (ALBA) considera a la actual normativa de propiedad intelectual impulsada desde los centros OMC/ADPIC/OMPI como impedimento para el desarrollo de los pueblos del Sur al afirmar que se deben “remover los obstáculos para tener acceso a la información, el conocimiento y la tecnología que se derivan de los actuales acuerdos de propiedad intelectual”[10].
En un Informe de la Comisión sobre Derechos de la Propiedad Intelectual se mencionan las dificultades que presenta esta homogeneidad en los requisitos de patentabilidad, “debido a ADPIC y a la creciente presión por lograr la armonización, la mayoría de los países en desarrollo se ven limitados a la hora de aplicar el sistema de propiedad intelectual y dado que no tiene capacidad de discriminar entre diferentes campos tecnológicos, o entre nacionalidades, y el ADPIC ha restringido el uso de diversas herramientas en el ámbito de las políticas de propiedad intelectual…” (2003).[11]
Ante las exigencias planteadas por la OMC orientadas a la adaptación de la normativa de los países a los parámetros impuestos por el artículo 29 de los ADPIC, Carlos Correa propone una opción modelo para la divulgación que permite aprovechar cierta flexibilidad que presenta ese acuerdo: a) la invención será divulgada de manera suficientemente clara y completa para que pueda ejecutarla una persona con versación ordinaria en la técnica correspondiente, b) el solicitante divulgará la mejor manera conocida, en la fecha de solicitud o de prioridad, de ejecutar la invención; y c) la descripción será tal que permita la ejecución de todas las modalidades de la invención. (2001)[12]
Destaca este autor que la finalidad del punto c) es “asegurar que las patentes se concedan a invenciones que puedan ser efectivamente ejecutadas en la práctica y que no contengan afirmaciones puramente especulativas”.
Además sostiene que la ley debiera exigir que “la divulgación sea suficiente para que una persona de aptitud ordinaria pueda reproducir la invención. Una norma estricta requeriría que los solicitantes suministren la información suficiente para permitir la reproducción de cada modalidad de la invención que pretenden proteger mediante patente”.
De esta forma y de acuerdo a lo expresado por Pérez[13] “el solicitante esta obligado a describir todas las formas de realización de la invención que menciona en las reivindicaciones, tanto la independiente, como las dependientes de ésta. Si para una de las maneras de realización de la invención la descripción no es suficiente, no se cumplen los requisitos de divulgación suficiente” (comunicación personal, 7 de mayo de 2007), y agrega: “el examinador en este caso puede declarar que la descripción presenta inconvenientes con relación a la claridad y suficiencia, y de esta manera no se concedería la invención por incumplir el requisito”.
Por otro lado, la información en una solicitud “raramente incluye los conocimientos prácticos (‘know-how’) que en realidad son necesarios para ejecutar la invención, ya que es infrecuente que en tal fecha se haya iniciado la explotación de la invención (Correa, 2001)”[14]. Esta “tal fecha” se refiere a la fecha de presentación de la solicitud o la fecha de reivindicación de la prioridad.
Es por ello que las oficinas nacionales de los países tecnológicamente dependientes deben ser más estrictas en el requisito de divulgación y claridad para lograr parámetros y conocimientos de know-how no develados normalmente por los titulares de las solicitudes de manera de no desvirtuar el Contrato Social entre el Estado y los “inventores”.
Bajo estos principios, la divulgación de las invenciones dentro del sistema de patentes articulada con la ciencia y la tecnología, debe convertirse en un instrumento al servicio del conocimiento de los pueblos, y como lo sostiene Lara Díaz “los derechos de propiedad intelectual deben percibirse como medios instrumentales para lograr los propósitos de desarrollo atendiendo a su función social”[15] (2006).
En este orden de ideas, estimamos adecuado considerar al criterio de divulgación de invenciones como una “Exigencia Social” para la “Divulgación Justa de una Invención”, y minimizar de este modo el efecto de los monopolios temporales creados por el sistema mundial de patentes. Esta es una tarea que requiere de un estricto tratamiento por parte de los examinadores de las oficinas de patentes, quienes deben aplicar las leyes en materia de suficiencia de divulgación siendo actores políticos en defensa de los intereses nacionales al momento de la evaluación y estudio de las solicitudes, puesto que “otorgar patentes es un acto de soberanía”[16](Samán, 2005), debiendo además considerar el examen de fondo como un instrumento de políticas públicas nacionales en los distintos sectores de la tecnología.





[1] General, en español antiguo (en Inventamos o erramos)
[2] Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. (2001). Una Organización para el futuro. Información General. Ginebra: pág. 1.
[3]Ídem anterior. pág. 3.
[4] Concesión: 4. f. Der. Negocio jurídico por el cual la Administración cede a una persona facultades de uso privativo de una pertenencia del dominio público o la gestión de un servicio público en plazo determinado bajo ciertas condiciones. (Diccionario de la Lengua Española, vigésima segunda edición)
[5] Samán, E. (2005). PCT: La propiedad intelectual coopera con la dominación. Recuperado en enero de 2007 de la World Wide Web: ww.sapi.gob.ve/web/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=4&Itemid=94
[6] Correa, C. (2001). Integrando la Salud Pública en la Legislación sobre Patentes de los Países en Desarrollo. Ginebra: South Centre. pág. 68.
[7] Raja, K. (2006). Persisten diferencias sobre requisitos de divulgación del TRIPS . Recuperado en febrero de 2007 de la Word Wide Web: http://www.redtercermundo.org.uy/texto_completo.php?id=2987
[8] Ver Rodríguez Cervantes, S. en colaboración con GRAIN (2006). TLCs: El conocimiento tradicional en venta. Recuperado en enero de 2007 de la World Wide Web: http://www.grain.org/briefings/?id=198
[9] Ver documento OMPI SCP/10/9 (2004). Propuesta de los Estados Unidos de América. El Japón y la Oficina Europea de Patentes en relación con el Tratado sobre el Derecho Sustantivo de Patentes (SPLT).
[10]Ídem anterior. pág. 5.
[11] Comisión Sobre Derechos de la Propiedad Intelectual (2003). Integrando los derechos de propiedad intelectual y la políticas de desarrollo. Recuperado de la World Wide Web en abril de 2007: http://www.iprcommission.org/papers/pdfs/Multi_Lingual_Documents/Multi_Lingual_Exec_Summary/ExeSummarySpanish.pdf
[12] Correa, C. (2001). Integrando la Salud Pública en la Legislación sobre Patentes de los Países en Desarrollo. Ginebra: South Centre. pág. 71 [13] Pérez, Ev.. Ma. (2007). Jefa del Departamento de Examen de Patentes. Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. Oficina Cubana de la Propiedad Industrial. La Habana, Cuba.
[14] Correa, C. (2001). Integrando la Salud Pública en la Legislación sobre Patentes de los Países en Desarrollo. Ginebra: South Centre. pág. 68
[15] Lara Díaz, E. (2006). Ponencia en clase de Tratados Internacionales en la Especialización en Gestión de la Propiedad Intelectual. Universidad Bolivariana de Venezuela. Caracas.
[16] Samán, E. (2005). SAPI: otorgar patentes es un acto de soberanía. Recuperado en julio de 2007 de la World Wide Web: http://www.aporrealos.org/tecno/n65480.html

jueves, 12 de julio de 2007

ENTREVISTA A EDUARDO SAMAN

Por La última gota
Radio AM 530, La voz de las Madres


Eduardo Samán es Director General del Servicio Autonomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Tecnicos de la República Bolivariana de Venezuela (SENCAMER)

"Nosotros al presidente Kirchner lo queremos como a Chávez "

-Eduardo, ¿en qué consiste esta cuestión de la producción de etanol, cuál es el proceso?
Sobre la tierra la única fuente de energía que nosotros tenemos es la energía solar porque aun la eólica y otras formas de energía es energía solar, porque cuando el sol calienta un lado de la tierra y se produce un desplazamiento de la masa de aire, bueno, eso es energía solar devenida en otra cosa. La misma energía hidráulica es solar. En el sol esta sucediendo una reacción nuclear que se esta desintegrando y se esta liberando energía, la que esta encerrada en el núcleo del átomo se libera y nos llega a nosotros a través de radiación electromagnética. Por millones de años la energía solar estuvo incidiendo sobre el planeta y las plantas tomaron el CO2 que estaba en el aire y a través del proceso de fotosíntesis convirtieron el CO2 en materia orgánica: en glucosa, en azucares, en celulosa, en almidón. Esa materia orgánica se fosilizó y la demanda de petróleo del mundo, diaria, son 86 millones de barriles. El mundo requiere, bajo los patrones de consumo que tiene el capitalismo, esa cantidad de los cuales Venezuela produce alrededor de 3 millones de barriles. Fíjate entonces, si EEUU agarra todo su maíz y lo convierte a etanol, eso podría sustituir el 15 % del petróleo de un día, o sea, casi nada. Es decir que lo que obtendría sería nada en comparación que la que obtiene con el petróleo. Para obtener etanol también requiere del uso de petróleo. Por ejemplo para sembrar el maíz se requiere el riego: casi por cada galón de etanol se necesita 3 y 4 galones de agua. El agua hay que bombearla, eso requiere energía eléctrica que viene de centrales termoeléctricas que usan petróleo. Se requieren fertilizantes, nitrógeno, fósforo, potasio que viene del mismo. Se requiere movilizar los cultivos. El obtener etanol es caro, es muy caro. El obtenerlo es rentable solo si el precio del petróleo está por encima de los cincuenta dólares. Eso es porque el etanol lo obtiene partiendo de un maíz subsidiado, un susidio que da a los agricultores del medio oeste de los EEUU pero un subsidio que sale del bolsillo de todos los contribuyentes de EEUU. Entonces, como sabemos del punto de vista termodinámico, del punto de vista científico el etanol no puede ser un sustituto porque las cuentas son sencillas y no dan. La pregunta es ¿por qué el jefe del imperio en su gira resalta esto del etanol y por qué montan esta gran mentira? basado en una experiencia brasilera, que eso es verdad, eso la implementación de la producción de etanol en pequeña escala pero eso no quiere decir que a gran escala pueda ser posible, por todos los problemas que genera producir etanol, incluyendo la contaminación ambiental: hay que quemar la caña, luego quemar el bagazo para poder destilarlo. Todo una serie de cosas que al final terminan contaminando aun mas que el mismo petróleo. Pero ¿por qué este montaje, esta gran mentira? EEUU quiere crear una matriz de opinión donde la opinión pública mundial piense que ya el petróleo perdió valor, que ya el petróleo es sustituible. Por lo tanto una agresión en Venezuela, una intervención en Latinoamérica no sería por el petróleo. Es también una forma de lavarse de lo que hicieron en Irak. Ya toda la humanidad sabe que EEUU asesinó a mas de 700.000 Irakies por el petróleo y entonces es como decir que la presencia militar en Medio Oriente, tanto en Irak como en Afganistán, no es por el petróleo sino por otras razones y una agresión a Venezuela no es por el petróleo. Ahora bien ¿Cuál es el costo para la humanidad de este montaje, de esta mentira y quien se esta beneficiando a través de la misma?. Unos son los políticos del Congreso de los EEUU que quieren los votos de los agricultores del medio oeste y además porque la empresa que produce el 60% del etanol en los EEUU es el principal contribuyente en las campañas electorales del Congreso, esto por un lado. Por otro lado hay una cantidad de territorio apropiado en Colombia ilegalmente por los para militares a base de la violación de los Derechos Humanos a través del desplazamiento de poblaciones completas, del desplazamiento de Colombianos, a muchos de ellos los hemos acogido en Venezuela, en la frontera con ayuda humanitaria y que han sido victima de los paramilitares colombianos. Bueno, estos terrenos, el gobierno de Colombia pretende legitimarlos a través de un plan de reinserción económica de los paramilitares a través de la siembra de palma aceitera para la producción de biocombustible, en este caso el biodiesel. Por otro lado hay una cantidad de compañías de biotecnología que están ofreciendo variedades transgenicas, variedades de maíz transgenico que incorporan encimas que convierten al almidón en etanol entonces se están cotizando en las acciones de esta empresa en La Bolsa, se están creando unos paraísos bursátiles ficticios que luego van a caer y por supuesto van a embaucar a muchísima gente en esta fiebre del etanol que el señor Bush a desplegado por toda Latinoamérica. Además hay una cantidad de empresas cercanas al gobierno de los EEUU que han comprado terrenos en terrenos agrícolas, rurales allí y en otros países de Latinoamérica y estos han aumentado de precio ahorita con toda esta propaganda y están cotizando aun mas de lo que cuestan en Manhatan o Londres un terreno de estos.

-¿Qué pasaría si el mundo entero deja de venderle petróleo a EEUU?
Bueno, eso nosotros no lo hemos planteado. Venezuela no ha planteado eso. Imaginate que con ese señor desquiciado, genocida que tiene de presidente el país del norte eso sería terrible para la humanidad, digo, la respuesta del imperio. De todas maneras Venezuela no ha planteado dejar de venderle petróleo lo que si nosotros estamos planteando es que EEUU debe cambiar sus patrones de consumo. Esta carrera del capitalismo y ese sistema económico perverso va a llevar a la destrucción de la humanidad y eso es lo que nosotros estamos planteando como país productor de petróleo nosotros apenas producimos 3 millones de barriles de los 86 millones barriles que se producen diarios en el mundo, pero igual con ello estados unidos esta ejerciendo una presión y una agresión sobre nuestro país y sobre todo nuestro proceso Bolivariano, que ya no es solo nuestro, es un proceso que se ha extendido por sobre toda Latinoamérica a una velocidad que los mismos EEUU no se esperaban y ahora están en una forma desesperada de querer detener este proceso que hacer creer que en la fuerza del Presidente Chávez esta en el precio del petróleo y que un derrumbe de los precios del petróleo le restaría fuerza a Chávez o influencia en Latinoamérica. Bueno se han equivocado por todos lados porque no ha podido afectar significativamente el precio del petróleo, ese precio a pesar, pesar de esta propaganda intensa, ha bajado un céntimo apenas en el mercado internacional.

- En materia de integración hay muchos convenios que se están llevando adelante ¿Qué nos podes contar sobre esto?
Nosotros al presidente Kirchner lo queremos como a Chávez porque me parece que es un presidente que tiene dignidad y eso es muy importante para un presidente porque no todos los latinoamericanos tienen la valentía que ha mostrado Kirchner. Cuando estuvo aquí ha afianzado la cooperación: se firmo un convenio muy importante que esta dentro del marco del convenio petrolero con Argentina, entre ellas la institución que represento (SENCAMER) incluye el convenio con su homologo institucional que es el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). Es una institución de alto prestigio que nos va a brindar a nosotros asistencia técnica, sobre todo en el área de metrología, en el área de calidad porque nosotros teníamos relación con los EEUU. Fíjate que en la parte de metrología la calibración de los patrones muy importantes se hacían a través de una oficina de enlace de la fuerza aérea con una Ofic. De los EEUU porque teníamos los aviones f-16 y de la noche a la mañana esta oficina cerró, se rompieron las relaciones y dejaron a la Fuerza Aérea totalmente a la deriva. Fíjate como paga el imperio a la gente que trabaja con ellos. Prácticamente nos dejaron sin patrones, sin poder calibrarlos para poner los aviones en marcha. Entonces ahora con el INTI que son nuestros hermanos argentinos, vamos a poder hacer una cooperación para fortalecer todos los sistemas de metrología de Venezuela, todos los sistemas de mediciones. Porque este proceso no es un proceso netamente Bolivariano por Simón Bolívar, sino que esto es San Martín, es Artigas, es ir alas raíces latinoamericanas. Nosotros no pretendemos exportar modelos, no, nosotros hablamos del ALBA, que es el despertar, es el amanecer, es ir a las raíces del gaucho, es ir a la raíces de los indios Aymaras, de los indios venezolanos y nosotros no lo tenemos definidos, lo estamos construyendo con nuestros hermanos Latinoamericanos. Nosotros queremos que este proceso lo hagamos entre todos. No se trata de imponer, se trata de buscar en cada uno de nosotros el pensamiento originario y ponerlo en practica en esta época porque eso es lo que nos va a salvar.

-¿Como viste la última gira del Presidente Chávez en Latinoamérica?
Mientras los pueblos recibían al Presidente Chávez con amor, el presidente Bush se encontraba con rechazo. Y eso es porque su gira estaba basada, primero en la mentira, el odio y la maldad, o sea, ese señor representa la maldad. Nuestro presidente represente el amor y es recibido con amor porque lleva amor a los pueblos. Lo que impulsa nuestra revolución no son los precios del petróleo, esa es la gran equivocación que tienen los EEUU, que tiene Bush y por eso a ellos todo les va a salir mal. Planificaron el golpe de Estado a Venezuela y les salió mal, planificaron el sabotaje a la industria petrolera y les salió mal. Ellos han fracasado por ahora en todos los intentos de agresión a Venezuela porque ellos no han entendido que nuestra revolución esta impulsada por el amor y todo el que se oponga al amor sale con las tablas en la cabeza, sale derrotado. No se puede oponer al amor de nadie, ni siquiera al amor de una pareja, una pareja siempre va a salir victoriosa porque hay una energía que lo impulsa y es el amor. Entonces, volviendo a la gira, se dio ese contraste: en un lado había amor, había alegría y del otro lado había odio y por supuesto que ellos al principio quisieron hacer ver que la gira del presidente Chávez había fracasado cuando la BBC de Londres realizo una encuentra en los EEUU donde los Estadounidenses opinaron que la gira de Chávez había opacado la de Bush. Esa es la opinión que tienen los Estadounidenses.

martes, 10 de julio de 2007

Diez tesis sobre el Sistema Internacional de Copyright y el Sur global

Alan Story
Biblioteca Nacional de Cuba
Traducción al español: Rafael Carreño

Iremos publicando, en la medida de nuestras posibilidades, algunos de los trabajos presentados en el recientemente finalizado Congreso Cultura y Desarrollo. En este caso se trata de la conferencia que fuera dictada por el Señor Alan Story,, Presidente del Grupo de Investigación Copia/Sur, de la Kent Law School, Canterbury, Reino Unido, durante el Foro “Industrias Culturales y Cambios Tecnológicos”, que coordinara Liliam Alvarez:















Diez tesis sobre el Sistema Internacional de Copyright y el Sur global
Introducción:
Gracias por invitarme a su país. Mi conversación de hoy está dividida en tres partes:
  • La sección A) ofrece algunos ejemplos y presenta algunas preguntas acerca del papel, en gran parte negativo, que el copyright ha jugado y sigue jugando en los países del Sur;
  • La sección B) es el corazón de mi conversación. Presenta diez (10) tesis acerca del rol y el funcionamiento del sistema internacional de copyright en el Sur global;
  • La sección C) delinea unas breves conclusiones.
Sección A: Ejemplos reales del problema
  • Ocho (8) ejemplos de cómo el Sistema Internacional de Copyright funciona en el Sur global, en perjuicio de sus pueblos.
  • Vamos a dar un pequeño paseo, aunque realmente se trata de un gran viaje.
1) Sudáfrica:
  • ¿Puede ser humanitario que las restricciones del copyright impidan a educadores de enfermería y a religiosas distribuir en Sudáfrica la literatura para la evitación del VIH/SIDA y la literatura de prevención a sus estudiantes y a la población general, aun si ellos pagan regalías de copyright que no pueden costearse?.
  • Las leyes de propiedad intelectual no hacen caso de las palabras de aquel gran sudafricano, Nelson Mandela:
“La educación es el arma más poderosa que usted puede usar para cambiar el mundo.”

2) Ghana:
  • ¿Por qué los estudiantes universitarios que tienen impedimentos visuales en Ghana no pueden utilizar ni leer materiales educativos necesarios para sus estudios, materiales que previamente han sido convertidos para ser accesibles al uso de los ciegos del Reino Unido por parte del Real Instituto Nacional del Ciego?
  • El resultado final es: los estudiantes ciegos en Ghana, que ya enfrentan muchos obstáculos para lograr una educación universitaria, deben contratar a lectores para que les lean los textos de estudio.
3) México:
  • Las nuevas leyes que allí regulan la duración del copyright, han aumentado el período de la protección del mismo a la vida del autor, más 100 años.
  • Esto significa que un libro publicado hoy (en 2006) y escrito por un autor de 25 años de edad quien, supongamos, moriría a la edad de 80 años (lo que significaría en 2061) tendrá vigente el copyright hasta el año 2161… es decir, 155 años en el futuro.
  • Estas leyes mayoritariamente benefician a los dueños de las obras producidas fuera de México que tienen copyright y que luego son distribuidas dentro de ese país.
4) China e India:
En el Mercado Hailong de Beijing, la versión oficial del software de Microsoft Windows XP protegida por el copyright es vendida a un costo de 245,00 US$. Una version no oficial del Windows XP –la denominada versión "pirateada"– también está disponible para la venta en un CD que sólo cuesta 5,50 US$.
  • ¿Porqué la versión oficialmente empacada del Windows se vende a un precio que no tiene en absoluto ninguna relación con el costo de producción?
  • Con precios tan inflados, ¿es acaso una sorpresa que Bill Gates, de Microsoft, sea la persona más rica del mundo?
  • ¿Qué habrá ocurrido con “la transferencia de tecnología”?
  • “La ‘piratería’ en un país, es la transferencia de tecnología de otro país”.
5) Filipinas:

“Si es un pecado para el pobre robar al rico, debe ser un pecado mucho más grande que el rico robe al pobre. ¿Acaso los países ricos no piratean a los países pobres sus mejores científicos, ingenieros, doctores, enfermeras y programadores? ¿Cuando las corporaciones globales vienen a instalarse en Filipinas, no piratean ellos al mejor personal de las empresas locales? Si es malo para países pobres como los nuestros piratear la propiedad intelectual de los países ricos, ¿no es mucho peor que los países ricos como EE UU pirateen a nuestros intelectuales? De hecho, somos lo suficientemente benignos como para tomar sólo una copia, dejando atrás el original; los países ricos son tan avaros que ellos se llevan los originales, no dejando nada tras de sí. ”
Roberto Verzola (Líder de los Verdes de Filipinas.)
6) Medio Oriente:
  • Se nos ha dicho que sin el denominado "incentivo" del copyright la producción de música o el arte o la poesía, se reducirían dramáticamente... e incluso se extinguirían completamente.
  • ¿Entonces porqué en el Medio Oriente existe una amplia variedad de formas culturales, incluyendo muchos géneros que han existido durante centenares de años y que no tienen nada que ver con el copyright?
Ejemplos del Medio Oriente:
  • La poesía popular libanesa, conocida como Zajal,
  • la música Arabe tradicional que usa el "oud" o
  • En la música “rai” argelina. Estas no son propiedad privada, pero más bien son la herencia común de estos países árabes.
Y déjenme recordar, también, la amplia variedad de obras culturales producidas por los pueblos indígenas quiénes viven en cada continente en el Sur (y en el Norte).

7) Colombia:
  • Gabriel García Márquez, ha escrito un libro titulado “Memorias de mis putas tristes”. El libro fue publicado por Ramdom House, en Colombia, la cual es la división editorial de la corporación multinacional alemana Bertelsmann.
  • El editor ha escrito que todos los derechos están reservados y que ni una sola parte del libro puede ser reproducida por ningún medio. Pero Ramdom House ha ido mucho más lejos y ha establecido que el libro no debe ser prestado por ninguna institución pública, como bibliotecas, sin la autorización del autor y sin el pago de derechos suplementarios al titular del copyright.
8) Ciberespacio:
  • En Internet también encontramos que las restricciones del copyright y todas las formas de alcabalas tecnológicas, las advertencias de “no entrar” y los costosos peajes evitan que estos instrumentos de información cumpla con su potencial.
  • Nos dice repetidamente que vivimos en "el siglo de la información". Pero estamos descubriendo cada vez más, que vivimos en la era de “la información que es una propiedad”.
  • Los enormes conglomerados de medios, protegidos por leyes restrictivas de propiedad intelectual, están asumiendo cada vez más el control de lo contenido en Internet –palabras, música e imágenes– y el flujo de información se dirige cada vez más en un sentido, de Norte a Sur.
  • Y su contenido protegido por el copyright está, en un porcentaje aplastante, propagando una particular visión del mundo.
  • En 1997 durante "los primeros días" del Internet, David Rothkopf, entonces funcionario del gobierno estadounidense durante la administración de Clinton, explicó los objetivos de su país:
“está entre los intereses económicos y políticos de Estados Unidos asegurar que si el mundo se está moviendo hacia una lengua común, ésta sea el inglés; que si el mundo se está moviendo hacia unas telecomunicaciones, seguridad y estándares comunes de calidad, estos sean (norte) americanos; que si el mundo se enlaza por medio de la televisión, la radio y la música, la programación sea (norte) americana; y que si unos valores comunes están siendo desarrollados, éstos sean valores con los cuales los (norte)americanos estén cómodos.”
“…la globalización ha traído junto a ella una nueva clase del orgullo occidental… (y la visión) de que los valores occidentales y sus ajustes deberían ser aquellos del mundo; que ellos tengan mérito y sean de aplicación universal. En el centro de la globalización hay un nuevo tipo de intolerancia de Occidente frente a las otras culturas, otras tradiciones y otros valores, menos brutal que durante la época del colonialismo, pero más completa y totalitaria.”
Martin Jacques
  • Las leyes y la ideología internacional del copyright transforman el conocimiento y la información –algo que debería ser público y algo que debe ser compartido para nuestro beneficio común– se transforma en un recurso de propiedad privada.
  • El Artículo 102 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela señala la importancia de “desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática.”
Sección B
Diez tesis acerca del sistema internacional de copyright
  • El sistema internacional de copyright existente es una carga sobre la espalda de los países del Sur y principalmente funciona en beneficio de grandes corporaciones de los países ricos e industrializados.
  • El copyright es muy diferente de otros tipos de propiedad.
  • El copyright es una forma intangible de propiedad –lo que significa que no tiene ninguna entidad física– y es mucho más fácil de movilizar (y de comerciar) que la mayor parte de las otras formas de propiedad.
  • Además, los aspectos económicos para producir bienes de propiedad intelectual son radicalmente diferentes de aquellos implicados en la producción de la mayor parte de los otros bienes.
  • Por lo tanto, los bienes de propiedad intelectual, tienen el potencial de otorgar a sus dueños un rango muy elevado de ganancias tras su inversión de capital inicial.
El comercio internacional de obras protegidas por el copyright ya estaba bien establecido en 1886, cuando fue creada la primera convención internacional de copyright, el Convenio de Berna.
Hoy, ahora cuando vivimos en la llamada “era del Internet”, el comercio global en bienes con copyright es aún más fácil, más rápido –y más provechoso para sus dueños– de lo que alguna vez fue.
  • En el ámbito económico, ¿Quién se beneficia de este sistema?
  • ¿Cuáles países venden sus obras con copyright?
  • Y ¿Cuáles países las compran?
  • ¿Es el comercio global de bienes con copyright un comercio libre y justo?
  • ¿Cuales países del mundo tienen un "superávit neto” global en el comercio de productos de propiedad intelectual?
Sólo dos (2) países en el mundo tienen un superávit neto.
  • El número uno en el mundo es los Estados Unidos, con un superávit comercial neto de 23 mil millones de US$.
  • El número dos de la lista –y muy lejos detrás – es el Reino Unido con un superávit neto de 900 millones de US$.
Ningún otro presenta un superávit comercial.
En cuanto a países del Sur global, pocos ganaron algún ingreso a partir de la venta de su propiedad intelectual en el exterior y ni uno solo de los cincuenta (50) países menos desarrollados obtuvo ingreso alguno.
  • Las “principales industrias del copyright” significa compañías implicadas en la producción de bienes como películas, música, libros, programas de televisión y software, las cuales confían en la protección del copyright para su existencia… y para su provecho.
  • En 2002, todas las ventas extranjeras (no estadounidenses) y las exportaciones de estas industrias estadounidenses sumaron 89,26 mil millones de US$. Los productos de PI son una de las principales industrias de exportación para la economía más rica del mundo.
  • Estados Unidos tiene un gran interés –un interés mucho mayor que aquel de cualquier otro país en el mundo– en mantener los niveles de protección de copyright más altos posibles en todos los mercados externos, incluyendo en los países del Sur global como Venezuela.
  • El sistema internacional de comercio en copyright no es un sistema de comercio "libre" o "justo"; éste es un sistema establecido para proteger y para beneficiar unos relativamente pocos monopolios de copyright radicados en el norte industrializado, a favor de compañías multinacionales como Microsoft y AOL Time Warner.
  • El abordaje multilateral de las regulaciones internacionales en propiedad intelectual resultó en el muy odiado y opresivo Acuerdo de los ADPIC de 1994. Pero el acercamiento bilateral, tal como es usual en las "negociaciones" de varios acuerdos denominados de "libre comercio" (TLCs) es aún peor. Los TLCs simplemente se han convertido en intentos unilaterales, principalmente por parte de Estados Unidos, para imponer su propio tratamiento a la propiedad intelectual en el resto del mundo, sobre todo en los países del Sur global.
  • Ellos establecieron lo que se puede describir mejor como la agenda de los “ADPIC-plus”
  • Hacia el año 2008, pueden haber tanto como 300 de tales acuerdos implementados a lo ancho del mundo. ¿Cuál es el objetivo principal de dichos acuerdos?
  • ¿Para el interés de quién seguirían aumentando los niveles de protección legal a la propiedad intelectual?
  • ¿Las nuevas leyes son más estrictas en los países del Sur global, como algunos reclaman, con la intención de beneficiar principalmente a autores, compositores o editores localizados en el Sur?
  • No, de hecho, la implementación de leyes más estrictas en países como Venezuela, Brasil, Sudáfrica o Pakistán beneficiaría principalmente a aquellos que son los más grandes vendedores de productos como películas o software, es decir, las grandes compañías multinacionales.
  • Déjenme ofrecer dos ejemplos de dos continentes para mostrar cómo funciona este sistema de Tratados de Libre Comercio:
  • En diciembre de 2001, entró en vigor el Acuerdo de Libre Comercio entre Jordania y EE UU. Bajo los términos de este acuerdo, se solicitó a Jordania que cambiara sus propias leyes nacionales de patentes y que diera protección en Jordania a lo que se conoce como las “patentes de métodos comerciales”
  • ¿Quién deseaba estos cambios?
  • ¿Por qué fueron cambiadas esas leyes jordanas?
  • ¿Era la intención promover la “innovación y la creatividad” entre inventores jordanos que podrían desarrollar patentes de métodos comerciales dentro de su propio país?
Los principales beneficiarios serán las corporaciones multinacionales estadounidenses que trabajan en Jordania, quienes quieren el mismo tipo de protección en Jordania que la que tienen en EE UU.
  • Varios países de América Latina, al sur y al centro del continente, han aumentado la duración de su copyright. Una lista sugiere que los siguientes países ahora tienen un período de protección por la vida del autor, más 70 años: Chile, Costa Rica, Ecuador, Paraguay, Perú, y Nicaragua.
  • Este cambio no es una coincidencia; es “una carrera a la cumbre”.
  • La bandera que se enarbolaba era la del "libre comercio" conforme al mandato neoliberal de los “Grupos Negociadores de Derechos de Propiedad Intelectual” del TLC. Estos grupos tenían el supuesto mandato de reducir las "distorsiones del comercio en el Hemisferio” y asegurar la “adecuada y eficaz protección a la propiedad intelectual.” Ellos terminaron por crear más y mayores distorsiones –y mucho más prolongadas– y crearon más protección de la que fue alguna vez necesaria para los dueños de copyright.
  • El principio fundamental de las relaciones internacionales de copyright, denominado “trato nacional”, contiene la apariencia de una igualdad formal, pero está basado en la desigualdad sustancial. Su aplicación refuerza los modelos Norte-Sur de desigualdad sustancial. Sin reconocer y también sin poner fin a las normas y restricciones del “trato nacional”, es imposible crear una justicia de la información global –menos aún emprender un serio desafío a los fundamentos del copyright.
  • El “trato nacional” es el principio fundamental de las relaciones internacionales en materia de copyright.
  • Calificado como una regla de "no discriminación", el trato nacional significa que, en asuntos de copyright, el país A debe tratar a los extranjeros (del país B) y a las obras con copyright que ellos producen, como si estas fueran producidas por sus propios ciudadanos (del país A). En otras palabras, las obras de ambos creadores, los ciudadanos (de A)
  • En Venezuela, por ejemplo, independientemente del nivel de protección legal que se otorgue al copyright poseído por un editor venezolano, ese nivel también debe ser otorgado dentro de Venezuela a obras producidas fuera del país –por ejemplo, en Brasil o en Canadá– y poseídas por alguna empresa en uno de esos países. Esto también funciona a la inversa.
  • La exigencia del trato nacional está asentada en varios acuerdos internacionales de copyright, como el Convenio de Berna y el Tratado de Copyright de la OMPI.
  • En apariencia, todo esto suena justo y equitativo. ¿Quién estaría a favor de la discriminación contra los extranjeros?
  • ¿Quién estaría a favor de más discriminación?
  • ¿No se supone que toda la gente del mundo debe ser tratada por igual?
  • Pero si analizamos lo que el concepto de “trato nacional” significa en la práctica para los pueblos del Sur global, entonces “el trato nacional” surge como un principio fundamental muy problemático en las relaciones internacionales del copyright… y, de hecho, realmente se convertiría en un grave encadenamiento o una “camisa de fuerza” para los que diseñan las políticas de copyright en el Sur y sería una barrera importante para el acceso a la cultura.
Entonces, ¿cuáles son los problemas del concepto del “trato nacional”?
  • Lo que esta regla asume es la así denominada “igualdad formal” entre los trabajos producidos por todos los países. Conforme a la ley internacional, todos los países son, por supuesto, formalmente iguales como personas jurídicas.
  • Pero en lo que respecta a cuestiones del copyright, existen, de hecho, grandes desigualdades en el mundo. Hay diferencias radicales entre los países, tanto en su capacidad real para producir trabajos con copyright, como en sus diferentes capacidades reales para comprar obras con copyright.
  • La diferencia más importante está entre los países ricos y los países del Sur global.
  • Si esto es cierto, ¿porqué entonces deben ser tratados de la misma manera todos los países?
  • ¿Porqué no puede establecerse lo que se conoce como “trato diferencial” entre países muy diferentes?
  • El “trato diferencial” es, por ejemplo, el fundamento para los “impuestos progresivos”, la idea de que los impuestos a los ingresos de los ricos y los ingresos de los pobres deberían ser cobrados sobre la base de un porcentaje diferente –con el rico pagando un porcentaje más alto que el pobre.
  • ¿Por qué? El rico puede permitirse pagar un porcentaje más alto. Incluso la mayoría de los conservadores y los derechistas están de acuerdo con esto.
  • La conclusión es: lo que se necesita, tanto en políticas habitacionales como en la ley internacional de propiedad intelectual, es el “trato diferencial”, como un reconocimiento a las reales diferencias entre los países.
  • El trato nacional significa que cualquier cambio que un gobierno realice sobre su propia política doméstica de copyright, en beneficio de sus propios ciudadanos (y de los dueños del copyright), también debe beneficiar igualmente a los autores y los dueños del copyright de todos los demás países.
  • Por ejemplo, México ha decidido alargar el período de duración del copyright
  • Cualquier cambio en la duración debe beneficiar a los dueños de copyright radicados en todos los países que venden en México sus trabajos con copyright. Por consiguiente, este alargamiento de la duración en México será de gran ventaja para las compañías cinematográficas de Hollywood y para las casas editoriales de España.
  • Éste es el resultado directo de las exigencias del “trato nacional”.
  • La exigencia del trato nacional significa que el gobierno de Venezuela no puede ofrecer legalmente ningún privilegio especial de copyright a las obras de los países con los cuales tiene relaciones amistosas, como Cuba, ni puede establecer acuerdos especiales en copyright con países con los que desearía trabajar más estrechamente en el futuro a lo largo de América Latina.
  • Cualquier arreglo especial que el gobierno de Venezuela haga con Bolivia también debe ser ofrecido a Estados Unidos o al Reino Unido, porque el Convenio de Berna y el Tratado de Copyright de la OMPI exige que todas las obras en todas partes deben ser tratadas igualmente.
  • Finalmente, el “trato nacional” no sirve en nada para prevenir las formas más ostensibles de discriminación y de trato desigual en el uso y en la compra de trabajos con copyright a través del mundo.
  • Tampoco sirve para desafiar la superioridad cultural ni para combatir el aislamiento cultural. La exigencia del “trato nacional” no implica compartir obras literarias a lo largo del planeta. Y no implica igualdad alguna la forma en que las obras son usadas y compradas desde otros países.
  • La discriminación a favor de los propios autores y editores nacionales es absolutamente legal.
  • Las leyes de propiedad intelectual actúan como un importante obstáculo para compartir y usar el conocimiento o la información, tanto en el hemisferio Norte industrializado, así como en el Sur global.
  • En la Tesis #1, señalé varias diferencias entre la propiedad intelectual y otras formas de propiedad.
  • Aquí tenemos otra diferencia con respecto a la propiedad física que necesitamos entender: una misma canción, un mismo libro o un software pueden ser todos disfrutados al mismo tiempo por diferentes usuarios en Caracas, en Ciudad de México (y en Londres, París y Johannesburgo) y nadie pierde por ello.
  • En comparación, los bienes con copyright son lo que llamamos “no rivalizantes en el consumo.” Si usted disfruta una canción, a diferencia del uso de un auto o una silla, su uso no impide que yo también pueda disfrutarlo.
“Él que recibe una idea de mi parte, recibe la instrucción sin disminuir la mía; al igual que cuando él enciende su vela sobre la mía, recibe la luz sin oscurecerme.”
Presidente E.E U.U Thomas Jefferson en 1813
  • Por lo tanto, está en la misma naturaleza de las ideas y de las expresiones que ellas puedan ser compartidas.
  • Pero lo que las leyes de propiedad intelectual hacen es poner una barrera artificial o poner una reja alrededor de aquella canción, poema o programa de computación.
  • En la mayoría de los casos, lo que ocurre es que los dueños del copyright establecen un “pago al usuario”, recabando un peaje y si usted tiene suficiente dinero, usted puede pagar para pasar por la taquilla del peaje y realmente leer, escuchar, ver o usar aquello protegido con copyright.
  • Esto, por supuesto, lo convierte en un sistema de “pagar para leer” o “pagar para escuchar”… y si usted no tiene el dinero –y esto incluye a cientos de millones de las personas a través del Sur global– usted no puede acceder, usted no consigue leer la obra restringida por el copyright.
  • ¿Por qué los estudiantes ciegos en Ghana no pueden leer libros de texto que ya han sido convertidos al sistema Braile en el Reino Unido o acceder por medio de algún otro sistema asistido por ordenador destinado a personas visualmente impedidas?
  • Obviamente, la copia impresa o los tradicionales libros impresos son absolutamente inútiles para las personas ciegas, a menos que estos bienes sean convertidos en un formato que sea accesible a esas personas.
  • A fin de convertir una obra protegida por copyright, (X), en uno de esos formatos accesibles mencionados arriba, el libro X primero debe ser copiado o alterado tipográficamente.
  • Pero el copiado de X –denominado en la expresión legal como “reproducción de la obra en cualquier formato material”– sin tener el permiso del dueño del copyright de X constituye una infracción al copyright.
  • Conforme a la ley de propiedad intelectual, copiar X es un “derecho exclusivo” del dueño del copyright
  • El Real Instituto Nacional del Ciego (RNIB) del Reino Unido, después de importantes esfuerzos y presiones diplomáticas, ha logrado convencer a unos pocos editores de libros universitarios del Reino Unido permitir que el RNIB convirtiera algunos textos básicos a un formato que sea accesible para los estudiantes ciegos.
  • Pero la licencia de RNIB sólo permite que los estudiantes ciegos que viven y estudian en el Reino Unido tengan acceso a esos textos convertidos.
  • Pero los estudiantes universitarios ciegos de Ghana simplemente “no tienen suerte”; ellos tienen prohibido por la ley de propiedad intelectual (y por las condiciones de la licencia) usar los textos accesibles producidos en el Reino Unido.
  • Los líderes de las organizaciones ciegas del Reino Unido me han dicho que un libro en formato impreso que se vende en 20ºº US$ , cuesta al menos 200ºº US$ para convertirlo en un formato accesible a los ciegos.
  • Estos problemas seguramente no son exclusivos de los países del Sur global; muchos habitantes de los países ricos del Norte industrializado también resultan oprimidos por esas leyes.
  • Es justo concluir que el impacto de tales leyes es particularmente fuerte en el Sur global, porque el nivel de los ingresos es generalmente inferior y las necesidades educativas o los programas de alfabetización son especialmente apremiantes.
  • El supuesto filosófico básico del copyright es que toda la creación cultural, artística y literaria es y debe estar preocupada por –y por encima de todo– la producción y la venta de artículos para el mercado. Se afirma que sin el llamado “incentivo del copyright”, el número de tales creaciones disminuiría dramáticamente, si no es que desaparecerían completamente.
“Pensamos que el conocimiento técnico debería ser un patrimonio de toda la humanidad. Sentimos que lo que la inteligencia del hombre ha creado debería ser patrimonio de toda la humanidad. ¿Quién paga a Cervantes sus regalías? ¿Es para la propiedad intelectual? ¿Quién le paga a Shakespeare? ¿Quién paga a aquellos quienes inventaron el alfabeto, o aquellos que inventaron los números, la aritmética y las matemáticas? Toda la humanidad se ha beneficiado de una manera u otra. Toda la humanidad de una manera u otra usa las creaciones de la inteligencia del hombre a lo largo de la historia...”
Presidente Cubano Fidel Castro (1967)
  • La asunción básica de los “fundamentalistas del copyright”, es que la creación de libros, canciones y programas de computadora está esencialmente preocupada por una cosa sobre todas las otras: la producción de artículos, bienes que puedan ser comprados y vendidos para obtener una ganancia en el mercado.
  • Se nos ha dicho que es necesario hacer cumplir estrictamente las leyes de la propiedad intelectual para poder dar a los creadores un incentivo o una recompensa. Por ejemplo, el preámbulo del Tratado de Copyright de la OMPI en 1996 enfatizó “el significado excepcional del copyright como un incentivo para la creación literaria y artística”
Como respuesta, podemos preguntar: si el copyright es una exigencia necesaria o si fuera el incentivo para la creación literaria y artística, ¿entonces cómo podemos explicar por qué Cervantes escribió sus libros?
  • ¿O por qué Shakespeare redactó sus obras?
  • ¿O Confucio sus trabajos de filosofía?
  • ¿O Haendel sus sinfonías?
  • ¿O por qué crean los pueblos indígenas sus propias obras de arte?
  • ¿O por qué hoy los programadores de software libre escriben su software?
  • ¿O por qué la mayor parte de los académicos escriben sus artículos?
Seguramente no era –y no es– debido a las leyes de propiedad intelectual. De hecho, ninguna de estas creaciones mencionadas tiene algo que ver con el incentivo del copyright.

Espero que ustedes estén de acuerdo en que respecto al incentivo del copyright los “cuentos fantasiosos”, que son narrados por los funcionarios en la OMPI (y por muchos otros “fundamentalistas del copyright”) son, de hecho, solamente eso, unos “cuentos fantasiosos”.
  • El concepto de copyright es ampliamente "Eurocéntrico" y la principal convención de copyright del mundo, el Convenio de Berna de 1886, fue impuesto a la mayor parte del Sur global como un acto de colonialismo.
  • Una de las más enloquecidas presunciones de los "fundamentalistas" del copyright –es decir, aquellos que suponen que el actual sistema internacional de copyright funciona bien, y que, en efecto, debería ser fortalecido aún más porque “todos se beneficiarían”– es la idea de que los valores y la ideología del copyright supuestamente son valores universales, que todos concordamos con ellos y que son valores exentos de polémica.
  • Un solo curso de la OMPI llegó a "educar" a 33.000 participantes de 180 países durante un período de seis años.
  • En el ámbito del derecho de autor, los "fundamentalistas" del copyright quieren enseñar, entre otras cosas, dos ideas o valores básicos.
  • El autor es el factor más importante en la creación de obras y las obras creadas son "originales" para el autor y para la sociedad.
  • Los trabajos creativos y literarios son principalmente artículos que pertenecen a los creadores que deberían ser protegidos como un tipo de propiedad privada.
  • Estos valores del copyright, tiene que entenderse, son valores profundamente Eurocéntricos. Ellos surgieron en un continente (Europa) en un momento particular (entre los siglos 1700 y 1800) y principalmente fueron extendidos a muchas otras partes del mundo--- por medio del colonialismo –donde inicialmente la creatividad tenía abordajes muy diferentes.
  • Igualmente fue el colonialismo el que impuso la principal convención internacional de copyright, el Convenio de Berna, en muchos países del Sur global, y sobre todo en aquellos que formaban parte de los imperios coloniales de los países europeos como Francia, Gran Bretaña y Alemania.
  • Estos pueblos, como muchos otros en el Sur, no tuvieron voz en la redacción del Convenio de Berna y es por eso que podemos denominar a Berna como un “relicto del colonialismo.”
  • No todos están de acuerdo con la posición de la OMPI.
  • Información compartida en Africa:
“En las sociedades africanas tradicionales, la información y las habilidades cotidianas siempre fueron transmitidas de generación en generación, por medio de tradiciones orales y del folklore, para beneficio de toda la sociedad. Con los nuevos tratados comerciales negociados y preparados conforme al Acuerdo de los ADPIC, la OMC (Organización Mundial del Comercio) y la OMPI, se requiere que las sociedades africanas adopten regímenes de copyright que son contrarios al entendimiento africano de compartir información.”
(Presidente de la Conferencia del Foro Africano de Copyright, reunido en Uganda en noviembre de 2005).
  • La creatividad y el compartir en algunas culturas asiáticas.
“Inventar un producto o crear una obra de arte, es un logro de la familia y de la comunidad y se espera que ello sea compartido. El progreso, el aprendizaje y la creación de trabajos son del dominio público y no son considerados objetos poseídos privadamente por individuos… ganar dinero por escribir un libro no es considerado un esfuerzo honorable para una persona culta.”
(Un profesor de derecho)
  • El concepto de paternidad literaria en la música argelina Raï:
“El Raï no tiene ningún 'autor' verdadero en el sentido del copyright occidental para el concepto de 'paternidad literaria'. Hasta hace algunos años y antes de que entraran en el mercado occidental, los cantantes 'tomaron prestadas' las canciones o coros el uno del otro.”
(Un experto en la música del mundo)
Y podríamos hablar también de la posición frente a la creatividad entre los pueblos indígenas ubicados en cada continente del globo . Ellos, tampoco, no están de acuerdo con que los individuos puedan poseer de alguna manera una cultura o que hubiera un único e identificable autor para un trabajo creativo.
  • El copyright y sus ideologías gemelas de "mercantilización" e "individualismo" también infectan de varias maneras destructivas la producción cultural, como por ejemplo en la música y el arte.
  • La ideología del copyright, sin embargo, tiene implicaciones importantes también para el ámbito de la producción cultural.
  • El problema esencial es este: una protección excesiva de los productos culturales con el copyright, + énfasis excesivo por parte de las grandes compañías multinacionales en la obtención de ganancias a partir de productos culturales = un sistema cultural global obsesionado por el dinero, degradado y defectuoso.
  • Definitivamente el Sur global no se beneficia de este sistema y la gente que, al menos en teoría, se supone se haya beneficiado--- como los artistas, escritores o cantantes--- en realidad tampoco se benefician.
  • Por supuesto, unos escasos cantantes y autores, las llamadas "estrellas", hacen realmente mucho dinero. Pero la actual economía de la música y de las industrias editoriales (y tanto el mercado como el copyright y las "reglas" que la rigen) significa que a la mayor parte de los artistas y músicos se les hace muy difícil ganarse la vida.
  • En Senegal, un estudio de Banco Mundial determinó que el 80 por ciento de sus 30.000 músicos estaba desempleado, sólo aproximadamente una docena (12) tuvo ventas internacionales y que los ingresos anuales estimados para los músicos en Senegal son inferiores a 600ºº US$.
  • Es mucho más provechoso para las grandes compañías discográficas elegir unas pocas "estrellas" individuales, –localizadas tanto en el Norte como en el Sur–, liberar millones de copias de sus CDs y promoverlos masivamente en la prensa y por televisión.
  • Mientras sólo unos pocos músicos y otros artistas se benefician, ¿qué ocurre con el público? Y aceptémoslo, gran parte de la llamada “cultura popular” transmitida a masas de personas por televisión está recargada y es bastante mala.
  • Cada vez más nuestras producciones culturales son simplemente bienes de consumo y la verdadera creatividad no es recompensada ni estimulada.
  • Cuando la creación y la producción de la música es realizada de un modo más o menos similar a la producción de coches, eso debería sorprendernos.
    Tal como un comentarista explicó, la situación en esta era de capitalismo y neo-liberalismo desenfrenado:
“La producción cultural, en sus formas básicas y en sus relaciones” se convierte “cada vez más en algo indistinguible de la producción (de artículos) en general.”
(Herbert Schiller, Teorizador de Medios de Comunicación)
  • Apoyar el principio de un mayor y más libre acceso al conocimiento y a la información NO significa que también debamos apoyar acríticamente la noción de un “libre flujo de la información”.
  • El mayor y más libre acceso es un objetivo importante por el que se debe trabajar en el presente y, por ejemplo, que el Internet (y las comunicaciones digitales en general) al menos tiene el potencial para apoyar este proceso.
  • Sin embargo, muchos de los que están interesados en reformar la ley de propiedad intelectual rara vez hacen alguna pregunta sobre el contenido actual y sobre la ideología que debe ser transmitida acerca del conocimiento y la información.
  • En cambio, dicen que quieren una “sociedad abierta” y respaldan, de una forma acrítica y unilateral, a todos aquellos que piden un "libre flujo incontrolado de la información” a lo ancho del globo.
  • Pero pienso que esto es un error: es un error potencialmente grave separar las preocupaciones por el copyright del contenido que realmente es protegido (o desprotegido) y que es transmitido.
  • ¿Algún "flujo" cultural es realmente libre?
  • ¿En dichos flujos de conocimiento, incluyendo aquellos disponibles en Internet, qué ideología y qué tendencias son obvias o cuáles están encubiertas?
  • ¿De cuál "conocimiento" estamos hablamos?
  • ¿Qué valores promueve?
  • ¿Por qué un porcentaje tan alto del conocimiento fluye en una sola dirección, es decir del norte al sur?
  • ¿No tiene el norte muchas cosas que aprender del sur?
  • El lema global de un "flujo libre de la información”.
  • “Si yo debiera garantizar un aspecto de la política exterior y ningún otro, escogería el libre flujo de la información.”
(John Foster Dulles, antiguo Ministro estadounidense de Relaciones Exteriores).
  • “Nuestros misioneros viven en Hollywood.”
(El comentarista estadounidense Irving Kristol -- 1997)
  • “… para Estados Unidos, un objetivo central de una política exterior para la Era de la Información debe ser ganar la batalla de los flujos mundiales de la información, dominando las ondas hertzianas tal como Gran Bretaña una vez gobernó los mares.”
(Funcionario de la antigua administración de Clinton- 1997)
  • La abrumadora conclusión es que unos pocos países en el mundo –principalmente Estados Unidos y aquellos de Europa– están muy interesados en vender todos sus trabajos con copyright a lo largo del mundo, incluso en el sur global. Pero no están muy interesados en tener ellos mismos acceso a las obras escritas por los que habitan en el Sur global.
  • Este es un fenómeno inquietante que existe desde hace mucho tiempo y que se ha mantenido desde los días del colonialismo, sea británico, español o de cualquier otro tipo de imperialismo europeo.
  • Varios análisis económicos emitidos desde las tendencias dominantes pretenden demostrar que el trasplante de los valores del copyright y de los sistemas "maduros" de administración del copyright hacia el Sur global conduciría al desarrollo económico del Sur. La mayoría de esas aseveraciones no han sido comprobadas. En las actuales circunstancias, los principales beneficiarios de tales sistemas serán las multinacionales dueñas del copyright con oficinas centrales en países ricos.
  • Varias organizaciones y agencias, como el Banco Mundial y la OMPI, constantemente repiten el mensaje que estableciendo lo que denominan un sistema de copyright "maduro" (es decir, un sistema como el que existe en Estados Unidos, Francia o España) y la creciente protección al copyright de los dueños (por ejemplo, combatiendo enérgicamente contra la llamada "piratería") actuarían como un catalizador para el crecimiento económico y el desarrollo a largo plazo en los países del Sur global.
  • ¿Cuán válido es este punto de vista?
  • Un buen lugar para comenzar consiste en observar la historia.
  • Cuando varios países del Norte, ahora industrializados, se "desarrollaban" e industrializaban por si solos (durante los años 1700, 1800 y hasta los años 1900), ¿cuál era su actitud hacia lo producido en el extranjero, sean obras con copyright o protegidas con patentes? De hecho, varios países en Europa utilizaban ideas –o más precisamente "pellizcaban" ideas– que ya habían sido creadas fuera de sus propias fronteras, sin pagar por ellas.
  • Y durante más de 100 años después de que Estados Unidos se estableció como país independiente, en 1776, no reconocieron el copyright de propiedad extranjera.
  • ¿Y cuál es hoy la actitud de los "fundamentalistas" del copyright de los ricos países industrializados hacia aquellos en el Sur global?
  • Dicen, “Hagan lo que decimos hoy, no hagan lo que hicimos durante nuestro propio período del desarrollo inicial.”
  • Si hoy hubiera leyes de propiedad intelectual más estrictas y más reforzadas a lo ancho de los países del Sur global, probablemente habría más flujo de ganancias para los dueños de obras con copyright.
Pero ¿en cuál dirección fluirían esos ingresos? ¿Y a dónde llegarían?
En el caso de Venezuela, Cuba o Sudáfrica ¿se quedaría ese dinero en estos países?
Y ¿realmente ese dinero conduciría al crecimiento económico de esos países?
Sudáfrica tiene una sociedad de gestión colectiva cada vez más "madura" y agresiva llamada DALRO, que colecta los derechos por regalías de copyright principalmente en escuelas y universidades surafricanas, en cualquier momento en que fotocopian variados materiales con copyright necesitados por las escuelas y universidades para objetivos educativos.
¿Qué pasa con los ingresos que DALRO reúne?
Las regalías por copyright que se pagaron a los titulares extranjeros de los derechos (es decir a no-sudafricanos), eran principalmente corporaciones y resultaron 2,5 veces más altas que las distribuciones totales hechas a compañías e individuos sudafricanos.
Antes de que podamos hablar con sensatez acerca de cómo unas más fuertes leyes de propiedad intelectual asistirían a los países del Sur a desarrollarse económicamente, tenemos que calcular los flujos financieros (las regalías y los honorarios por licencias) tanto dentro y TAMBIÉN fuera de los países del Sur.
La recolección de ingresos en base al copyright en Venezuela y el envío de los ingresos a los dueños del copyright en otros países NO conduce al significativo crecimiento económico de Venezuela.
  • Finalmente, las más estrictas leyes de propiedad intelectual pueden conducir a unas pocas “estrellas” –sean cantantes, artistas o actores de televisión– a volverse ricos en los países del Sur.
Pero tener unas pocas "estrellas" ricas NO conduce a un crecimiento económico generalizado.
Mi conclusión es: todavía no está comprobada la relación entre unas leyes de propiedad intelectual más estrictas y su aplicación, con el mayor crecimiento económico del Sur.
  • Debemos ser muy cuidadosos cuando hablamos de la "reforma" del sistema internacional de copyright, para que no terminemos con ofertas y proyectos que refuercen dicho sistema.
    Entonces ¿Qué es lo que necesita cambiar en el sistema? ¿Cuál debería ser el foco principal de nuestros esfuerzos? ¿Qué reformas deberíamos impulsar?
... Y ¿cuáles "supuestas" reformas sólo pueden respaldar y fortalecer este sistema?
¿En otras palabras, cuál sería la relación entre una táctica a corto plazo (o las exigencias) y una estrategia a largo plazo?
Mencionaré brevemente dos propuestas que hoy están siendo discutidas entre algunos “activistas de la información” y ONGs a través del globo, incluso en América Latina.
  • La primera propuesta implica el asunto de conseguir provisiones (o excepciones) más fuertes hacia el “uso justo” –tal como es denominado en Estados Unidos, o el “trato justo”, tal como es llamado en el Reino Unido y en Europa– establecidas en las leyes de propiedad intelectual de los países del Sur.
  • Por ejemplo, un estudiante o una estudiante universitaria que escriba un ensayo puede citar unas oraciones de una obra con copyright en su trabajo gracias a las cláusulas de “trato justo” de la ley de copyright.
  • El problema es que las leyes de derecho de autor de algunos países en el Sur global no incluyen cláusulas de trato justo o sus cláusulas vigentes son muy débiles.
  • Pienso que tales exigencias deberían ser apoyadas, porque las leyes con un “trato justo” más fuerte y más amigable daría a aquellos en el Sur global un mejor acceso a información escasa necesaria para mejorar sus oportunidades educativas.
  • Pero, al mismo tiempo, tenemos que reconocer que lograr leyes con un "trato justo” más fuerte realmente ayudaría muy poco para crear una justicia global de la información.
  • Por ejemplo, la cantidad de material que puede ser legalmente usado sin permiso debido a tales cláusulas es lastimosamente pequeño… y a menudo se trata de apenas unas pocas oraciones de un texto con copyright.
  • Tampoco el trato justo permitiría que los estudiantes ciegos en Ghana usaran libros convertidos al Braille en el Reino Unido, una situación que resulta muy "injusta".
  • Una segunda supuesta reforma es la propuesta de crear cada vez más licencias del tipo “Creative commons” (o de “comunidad creativa”).
  • Pero lo que está claro es que la idea de “Creative commons” todavía significa que el autor de un trabajo es la única persona que decide si una obra debe ser compartida y ser accesible a terceros, y la ideología "fanáticamente a favor del mercado” de sus principales defensores no colabora para abrir el acceso a las obras que ya poseen copyright.
  • Es lo que llamo el copyright ”agradable” (o cómodo), porque no desafía la ideología capitalista básica del copyright.
Sección C:
Unas breves conclusiones
  • Desde sus primeros días hubo un conflicto básico o una contradicción que ha permanecido en su corazón del sistema internacional de copyright.
Esta contradicción básica consiste en:
“la tensión persistente entre aquellos que privadamente procuran adueñarse de los bienes de la propiedad intelectual y aquellos quienes buscan su diseminación.”
(Autores académicos May y Sell)
Hoy, podemos concluir que dicha tensión incluye cada vez más la creciente tensión entre los grandes medios multinacionales y sus empresas asociadas quienes poseen y controlan la mayor parte de los bienes con copyright, y aquellos entre los cuales está el sur global, que quieren abrir las "rejas" legales y económicas que restringen el acceso a toda la riqueza de la información y la cultura de nuestro mundo.
  • Cuando hablamos de cuestiones de copyright es muy fácil quedarnos atascados en los detalles legales más pequeños, y distrayéndonos en lo que podría denominarse estar “contando las carpetas.”
  • Pero en esta discusión nunca debemos olvidar ni perder de vista el horizonte en su amplitud y observar los asuntos sociales, económicos y políticos más amplios que están en juego.
  • Usted puede estar de acuerdo –o en desacuerdo– con lo que he dicho hoy.
Pero, por favor, estén muy vigilantes y sean escépticos cuando oigan “palabras refinadas” e “historias fantasiosas” propuestas por los que llamo los “mercaderes del sueño del copyright”, quienes provienen de organizaciones como la OMC y la OMPI.
"Pero detrás de todos ellos hay que buscar, hay algo
detrás de los traidores y las ratas que roen,
hay un imperio que pone la mesa,
que sirve las comidas y las balas. . ."
(Poeta chileno Pablo Neruda)
Dos Notas Finales:
  • Doy la bienvenida a cualquier comentario sobre este artículo y trataré de contestar cualquier pregunta que hagan. Contacten con Alan Story en Kent Law School (acs3@kent.ac.uk). Debo añadirles que, lamentablemente, no hablo ni escribo en español.
  • Si están interesados en una copia del Expediente Copia/Sur, envíe un correo electrónico a contact@copysouth.org y le será enviado uno gratuitamente. Por favor envíe su dirección postal completa.
*Alan Story, Conferencista mayor en leyes de propiedad intelectual
Kent Law School, Canterbury, Reino Unido.
Presidente, Grupo de Investigación Copia/Sur, (www.copysouth.org)
Dirección de Difusión y Cooperación del SAPI





lunes, 9 de julio de 2007

La Revolución Bolivariana y los trabajadores del mundo

Serge Goulart, Coordinador Nacional del Movimiento de Fábricas Ocupadas en Brasil “No hay nada más importante para los trabajadores del mundo que la revolución venezolana”
Por: Ismaelin Benítez L.
Fuente: www.aporrea.org

Brasil es el país más extenso de América del Sur y una de las naciones con mayores perspectivas de desarrollo en el continente. Su economía es de gran importancia en América Latina y el mundo, y está basada en: la agricultura, la ganadería, la minería y la industria; pero a pesar de todo esto aún existe una marcada línea que separa a los ricos de los pobres. Hasta ahora los cambios en Brasil no han sido como todos esperaban, los pobres siguen teniendo las mismas dificultades, y el panorama -para muchos- no es nada alentador.
Desde el año 2002, los trabajadores de las fábricas Cipla e Interfibra, ubicadas en la ciudad de Joinville, estado de Santa Catalina, al sur de Brasil, ocuparon éstas empresas como único camino para mantener sus puestos de trabajo. Luego de llevar a cabo estas acciones, los más de 1000 trabajadores recibieron amenazas de todo tipo: legales, políticas y económicas. Serge Goulart, Coordinador Nacional del Movimiento de Fábricas Ocupadas en Brasil y Miembro de la Dirección Nacional del Partido de los Trabajadores (PT), fue amenazado con prisión (en el año 2005) de no cancelar 500 millones de Reales, lo que representaba la deuda de los antiguos dueños de las fábricas, y la cual (de ser cancelada) hubiera imposibilitado el pago de salarios, la compra de materia prima y, por ende, la subsistencia de ambas industrias.
Desde hace 5 años, Venezuela y algunas fábricas tomadas en Brasil (en particular las especializadas en el área de termoplástico, tecnología que dominan las mismas) tienen un acuerdo con el gobierno venezolano, encabezado por el Presidente Hugo Chávez, que consiste en el intercambio de materia prima venezolana por la transferencia de tecnología en dicha área. En tal sentido, durante una reciente visita de trabajo a nuestro país, Serge Goulart afirmó que “no hay nada más importante para los trabajadores del mundo que la revolución venezolana, por que es el punto más avanzado de lucha contra el imperialismo”. Refiriéndose a la organización y capacidad de los trabajadores brasileños, el dirigente aseveró que “un ejemplo claro de ello es la fábrica Petrocasa que Pequiven está haciendo ahora, la cual diseñamos en su totalidad desde el Movimiento de Fábricas Ocupadas”. Es importante señalar que la llamada Industria Petrocasa se encargará de construir casas de plástico derivado del petróleo y se abrirá en el marco del denominado Plan de Desarrollo Nacional, que pretende responder a las necesidades sociales alcanzando la equidad como nuevo orden de justicia social y base material de la sociedad venezolana, y a través del cual se pondrán en marcha más de 200 fábricas socialistas.
Para el Coordinador Nacional de Fábricas Ocupadas de Brasil, “Lula ha practicado un acto espantoso, ha pedido a un juez que determine la intervención judicial, policial y militar en las fábricas ocupadas”, y de esa manera preparar el cierre de la industria. La situación de los trabajadores brasileños y el comportamiento del Presidente del vecino país en relación al tema, es una señal muy clara de que Da Silva “no comparte con nosotros la lucha que llevamos en las fábricas ocupadas”, dijo. Explicó que además el Estado Brasileño debe asumir su responsabilidad porque nunca garantizó el empleo, hizo planes económicos a favor de los capitalistas y “permitió que los patrones no pagaran las prestaciones sociales, los salarios, nada, durante 15 años”.
Al referirnos a ¿cuáles serían las consecuencias tanto para Brasil como para Venezuela que traería esta situación? manifestó que el hecho de que en Brasil se estén atacando con policías militares fábricas ocupadas por trabajadores que defienden la revolución venezolana “es una actitud como de Pinochet”, el dirigente aseguró que “situaciones como ésta nunca se vieron en Brasil, a no ser durante dictaduras militares”. Muy seguro de sus palabras afirmó que a pesar de la lucha que llevan a cabo los trabajadores brasileños, tal situación no debilita a la revolución venezolana por que “seguramente uno de los puntos básicos del cambio en Venezuela es el apoyo que los trabajadores le brindan”, sostuvo .
El acuerdo entre Venezuela y Brasil está dentro de la industria petroquímica, que no es más que la extracción de cualquier sustancia química a partir de combustibles fósiles, entre los cuales se encuentran los hidrocarburos purificados como: el metano, el propano, el butano, la gasolina, el queroseno, el gasoil, el combustible de aviación, así como pesticidas, herbicidas, fertilizantes y otros artículos como los plásticos, el asfalto o las fibras sintéticas. Los artículos derivados de la petroquímica son utilizados en diversas áreas como la farmacéutica, alimenticia, química, textil, y próximamente, con la fábrica Petrocasa, se construirán viviendas con materiales de alta calidad derivados de dicha industria. El desarrollo de la petroquímica es de vital importancia para el progreso de nuestro país, y a pesar de la amenaza que representa el cierre de las empresas brasileñas Cipla e Interfibra, tanto para sus más de 1000 trabajadores, como para el convenio entre el Estado venezolano y las fábricas mencionadas, “seguiremos adelante con la lucha, defendiendo a la revolución de Venezuela”, manifestó Goulart.
¿Serán éstas acciones parte de una estrategia del gobierno de Estados Unidos para romper las relaciones de ambos países? preguntamos al Dirigente brasileño, a lo que contestó:
“Sí, es una estrategia de los Estados Unidos, no para romper con las relaciones entre ambos países, sino para aplastar los puntos de apoyo de la revolución venezolana en los distintas naciones, por que lo que está haciendo Lula y lo que está haciendo Tabaré y Bachelet es, efectivamente enfrentarse a la revolución venezolana”, aseguró.
Los Medios de Masas son un factor fundamental en este tipo de situaciones y con los grandes medios de Brasil en contra de los trabajadores ¿Cómo hacen ustedes para hacer circular la información dentro del país, siendo una nación tan extensa?¿Qué estrategias están llevando a cabo para que se divulgue lo que está pasando?
Nuestro movimiento es muy grande e importante, entonces, la gran prensa no puede esconderlo completamente, por eso sale a la luz pero con ataques. Nuestra información circula en periódicos sindicales y además trabajamos dentro del CUTA (Centro Único de Trabajadores) y junto con el MST (Movimiento Sin Tierra), son miles y miles de personas que están ligadas a nuestro movimiento... Además, hacemos un permanente trabajo comunicacional por internet y un programa de radio de 15 minutos que se transmite en 2300 radios en todo el país, atestó.
A pesar de las dificultades que hoy enfrentan los trabajadores de las empresas Cipla e Interfibra, sigue adelante el acuerdo Venezuela-Brasil para cambiar materia prima venezolana por tecnología en termoplástico brasileña, industria que deriva a su vez de la petroquímica, y gracias a la cual en pocos días se inaugurará Petrocasa, en el marco del Plan de Desarrollo Nacional. En tal sentido, Goulart afirmó que “el acuerdo se mantiene, pero sigue sin la fábrica que está en intervención...hasta ahora Chávez y la revolución han ganado, pero si la contra-revolución triunfa, nos retiramos inmediatamente, no vamos a poner balas en el arma del enemigo”. Por último, el Coordinador Nacional del Movimiento de Fábricas Ocupadas en Brasil y Miembro de la Dirección Nacional del Partido de los Trabajadores (PT), manifestó que si las fábricas no son manejadas por los trabajadores, el gobierno de Venezuela se retirará del acuerdo.